Prepárate para decirle adiós al papel con la Factura Electrónica

A partir del 1 de enero todos los comprobantes fiscales deberán ser sustituidos por la factura electrónica. Recibos de honorarios y facturas en papel ya no serán válidos.

El contribuyente físico y moral puede obtener su factura electrónica en el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para tramitarla necesita tanto la FIEL, como el sello digital bidimensional, explicó Patricia Delgado Medellín administradora de desarrollo y formación tributaria del SAT.

A partir del 1 de enero todos los comprobantes fiscales deberán ser sustituidos por la factura electrónica. Recibos de honorarios y facturas en papel ya no serán válidos.

El contribuyente físico y moral puede obtener su factura electrónica en el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para tramitarla necesita tanto la FIEL, como el sello digital bidimensional, explicó Patricia Delgado Medellín administradora de desarrollo y formación tributaria del SAT.

¿Cómo tramitar la factura electrónica?

En caso de que el contribuyente no cuente con la FIEL o con el sello digital bidimensional, puede entrar al portal del SAT, buscar la delegación que le corresponde y hacer una cita para realizar el trámite. Si al contribuyente le falta alguno de los dos requisitos será imposible el trámite de la factura electrónica.

Con estos dos requisitos a la mano podrá tramitar su factura electrónica por dos vías, una es recurrir a un auxiliar de facturación o un contador.

Para expedir la factura

Cuando el contribuyente ya tiene la factura electrónica,para expedirla deberá buscar a un proveedor autorizado por el SAT.  Esto debido a que según la percepción de ingresos su comprobante fiscal electrónico deberá llevar un timbre que emitirá el SAT a los proveedores.

 

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